El martes 1 de julio de 2025, la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría (120 votos a favor, 5 abstenciones) el proyecto que penaliza la “imprudencia temeraria” de excursionistas, senderistas y montañistas, cuando provocan activación de equipos de rescate. La iniciativa fue despachada al Senado para su segundo trámite legislativo.
🔍 Puntos clave del proyecto
-
Objeto de la norma
Busca sancionar a quienes, por acciones consideradas imprudentes, generen operaciones de rescate. Esto incluye usar rutas no autorizadas, exponerse a condiciones climáticas sin equipamiento adecuado, o desplazarse sin el conocimiento mínimo necesario. -
Definición de “imprudencia temeraria”
Se consideran imprudentes actos como:-
No vestir ropa o calzado apropiado.
-
Carecer de equipamiento de protección.
-
No portar elementos básicos de hidratación o alimentación.
-
-
Sanciones económicas
Quienes incurran en estas conductas arriesgarán multas de hasta $700.000 pesos chilenos. -
Ámbito de aplicación
La norma abarca excursiones en montaña, senderismo y trekking, incluyendo tanto actividades individuales como grupales que den como resultado el despliegue de recursos públicos de emergencia. -
Proceso legislativo
Ya aprobado en general y particular en la Cámara de Diputados, el proyecto avanza ahora al Senado. Allí será revisado en comisión y luego votado en sala.
Si quieres saber en detalle sobre este proyecto de ley, puedes revisarlo acá.