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🚨 Proyecto de ley sanciona imprudencia de excursionistas

El martes 1 de julio de 2025, la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría (120 votos a favor, 5 abstenciones) el proyecto que penaliza la “imprudencia temeraria” de excursionistas, senderistas y montañistas, cuando provocan activación de equipos de rescate. La iniciativa fue despachada al Senado para su segundo trámite legislativo.

🔍 Puntos clave del proyecto

  1. Objeto de la norma
    Busca sancionar a quienes, por acciones consideradas imprudentes, generen operaciones de rescate. Esto incluye usar rutas no autorizadas, exponerse a condiciones climáticas sin equipamiento adecuado, o desplazarse sin el conocimiento mínimo necesario.

  2. Definición de “imprudencia temeraria”
    Se consideran imprudentes actos como:

    • No vestir ropa o calzado apropiado.

    • Carecer de equipamiento de protección.

    • No portar elementos básicos de hidratación o alimentación.

  3. Sanciones económicas
    Quienes incurran en estas conductas arriesgarán multas de hasta $700.000 pesos chilenos.

  4. Ámbito de aplicación
    La norma abarca excursiones en montaña, senderismo y trekking, incluyendo tanto actividades individuales como grupales que den como resultado el despliegue de recursos públicos de emergencia.

  5. Proceso legislativo
    Ya aprobado en general y particular en la Cámara de Diputados, el proyecto avanza ahora al Senado. Allí será revisado en comisión y luego votado en sala.

 

Si quieres saber en detalle sobre este proyecto de ley, puedes revisarlo acá.